De Gulden Passer. Jaargang 84
(2006)– [tijdschrift] Gulden Passer, De– Auteursrechtelijk beschermd
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Antonio Dávila Pérez
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aspectos formales y de contenido.Ga naar voetnoot4 Para cubrir algunas de estas carendas, este artículo se propone un triple objetivo: en primer lugar, contextualizar la traducción de Mendoza con varias notas sobre sus precedentes, motivaciones y destinatarios; seguidamente, analizar el valor filológico de la traducción española en comparación con el original latino; y, para concluir, elucidar las causas y el proceso que desembocó en la expurgación que sufrió la traducción española - así como el original latino - en los índices españoles de 1612 y sucesivos (1632, 1640, 1667), muy pocos años después de que los manuscritos fueran aprobados por las más altas instancias eclesiásticas romanas y españolas. Hay que hablar, pues, de una doble recepción de las Políticas de Lipsio en España: la favorable de los humanistas, que apreciaron el carácter práctico de unas reflexiones políticas sustentadas en materiales de la Antigüedad clásica; y la recelosa, por otro, de la Inquisición española, que ejerció un férreo control ideológico de un texto que, en muchos pasajes, abogaba abiertamente por la sumisión de la religión a la política. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Precedentes, motivaciones y destinatarios de Los seys libros de las Políticas de Bernardino de Mendoza, Madrid 1604Los Politicorum libri vi de Lipsio gozaron de un profundo éxito en la corte española, como en otras cortes europeas; así lo testimonia Jan Brandt, secretario de la ciudad de Amberes, en una carta a Lipsio del 8 de marzo de 1594.Ga naar voetnoot5 Pero Lipsio ni esperaba ni deseaba que sus Políticas fueran traducidas al gran público. En los ‘Monita quaedam, siue cautiones’ que preceden a su tratado, ruega se abstengan de emitir opiniones sobre su libro aquellos que no tengan un profundo conocimiento de la lengua latina y que, además, carezcan de experiencia en el arte de gobernar. El humanista flamenco excluye de su público a la plebe y a los jóvenes inexpertos.Ga naar voetnoot6 Pese a estas claras indicaciones, el original lipsiano fue traducido a muchas lenguas vernáculas.Ga naar voetnoot7 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Bernardino de Mendoza vivió en primera persona las turbulencias políticas de Flandes en los años setenta y las posteriores de Francia, donde fue embajador de Felipe ii desde 1584 hasta 1590. Entre 1588 y 1590 sufrió en primera persona dos largos años de guerra civil tras el asesinato de Enrique iii, que culminaron con el asalto de París, donde él mismo participó. Estos mismos sucesos fueron los que inspiraron a Justo Lipsio para la composición de su espejo de príncipes,Ga naar voetnoot8 cuya primera edición vio la luz en 1589. Cuando Lipsio escribió sus Politicorum libri vi a finales de los 80 tenía en mente estos mismos temas de candente actualidad, el conflicto civil francés, la crisis de la autoridad real y, en último término, el papel de la religión como motivo y sustento de estas guerras. La afición de los españoles por Lipsio comenzó a gestarse en los primeros contactos que el humanista flamenco estableció con el humanismo español y especialmente a partir de su encuentro con Arias Montano. Recordemos que la admiración y el cariño que llegó a sentir Montano por Lipsio le llevó a defender a capa y espada la fama de ortodoxia del humanista flamenco, incluso en los años en que éste vivió entre los holandeses.Ga naar voetnoot9 Arias Montano, como la casa plantiniana, también estuvieron a su vez muy vinculados a Bernardino de Mendoza, como prueba la correspondencia de Plandno. El 4 de junio de 1575 Moreto escribe a Arias Montano que Mendoza se pasaría cuanto antes por la imprenta para recoger un cofre de libros destinado a él que venía de Augsburgo.Ga naar voetnoot10 En agosto de ese mismo año, Mendoza expresa a Plantino su preocupación por los rumores que circulaban en Bruselas sobre la prohibición inminente de la Biblia Políglota; tras convencerle el impresor de que la situación no era tan dramática, Mendoza se despidió ‘lleno de alegría, pues respeta y quiere a vuestra merced [Arias Montano]’.Ga naar voetnoot11 Es de suponer que Montano operó como intermediario comercial entre la imprenta y Mendoza, pues así lo hizo con otras autoridades españolas. Cuando Mendoza es destinado como embajador de Felipe ii en París sirve a su vez de enlace en las cartas y envíos de libros que se cruzan la casa plantiniana y Montano, con la mediación del secretario Gabriel de Zayas en Madrid.Ga naar voetnoot12 La decisión de Mendoza de traducir al español el tratado político de Lipsio estaba cimentada, pues, no sólo en la valía de un texto que circuló con éxito en las cortes de toda Europa, sino también en la profunda admiración intelectual y personal que Mendoza debió de sentir por uno de los máximos exponentes del Humanismo europeo, en cuyo círculo (la imprenta plantiniana y Arias Montano) se desenvolvió el propio diplomático español. La aprobación eclesiástica de la traducción de Mendoza está firmada por Rafael Sarmiento a 20 de noviembre de 1599. El privilegio para diez años, firmado por Luis de Salazar en nombre del rey, lleva fecha de 21 de diciembre de 1599. Estas referencias indican que la mayor parte del trabajo de traducción ya había concluido antes de 1600. El manuscrito, no obstante, tuvo que esperar cuatro años más para ser publicado. Y parece que en la segunda mitad de 1604, cercana ya la muerte del autor, Mendoza y sus amistades pierden la paciencia y toman la decisión de imprimir la obra en las prensas de Moreto. El 14 de noviembre | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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de 1604 Pedro Pantino remite a Lipsio desde Bruselas una copia de la traducción española de las Políticas, que se le había envíado a él con la esperanza de que Lipsio convenciera a Moreto para publicar la nueva versión. Πολιτικὰ tua his addidi a viro non indocto et tibi noto, opinor, in Hispanis Hispane versa. Optarem, si iudicas operae pretium fore, si excudantur, Moretum ad id faciendum incites. Eo enim fine ad me missa tam longo itinere.Ga naar voetnoot13 Días más tarde, el 22 de noviembre, Francisco de Quevedo comunica por carta a Lipsio, desde Valladolid, la muerte de Bernardino de Mendoza (que ocurrió el 3 de agosto), y envía una nueva copia de la traducción española de las Políticas: ‘Politicas tuas maternae linguae dedit D. Bernardinus a Mendoza, caecus ille Tiresias, Argos ille caecus. Feliciter spero, sed magis opto. Concessit naturae vir ille.’Ga naar voetnoot14 Así pues, a principios de enero de 1605 Lipsio tenía en su poder, al menos, dos copias del mismo trabajo.Ga naar voetnoot15 Ante tanta insistencia, el humanista flamenco responde a Quevedo el 25 de enero que haría todo lo posibie para que se imprimiera esta traducción española en la casa plantiniana, pero que los impresores belgas preferían ediciones de mayor rentabilidad económical: Bernardini Mendocii uersione Politicorum, de qua scribis, hic habeo, et doleo in morte primatis, etiam ab animi dotibus uiri. Edere est animus si typographi nostri non detrectant, Mercurio semper, ut scis, amici.Ga naar voetnoot16 No es hasta mediados de 1605 cuando hay noticias de la traducción de Mendoza como libro ya publicado. El 15 de mayo, Lorenzo Ramírez de Prado remite a Lipsio desde Salamanca un ejemplar de esta versión, para que éste pudiera comprobar el gran prestigio de que gozaba en tierras españolas: Mitto namque Politica tua Hispano sermone reddita a quodam viro nobilissimo luminibus privato, ut videas quanti tua faciamus cum facimus nostra et quam magna videantur cum et a caeco.Ga naar voetnoot17 La traducción de Mendoza está precedida de dos sonetos castellanos que no conocen edición moderna.Ga naar voetnoot18 El primero fue compuesto por Cristóbal de Mesa; el segundo por Juan Bautista Gentil. La versión de Mendoza va dedicada ‘A la nobleza española que no entiende la lengua latina’. La dedicatoria y prólogo de la traducción de Bernardino de Mendoza contienen una serie de tópicos presentes en la mayoría de las versiones a lenguas vernáculas a partir del siglo xvi.Ga naar voetnoot19 En primer lugar, los elogios del original: ‘Si bien los libros que ha escrito | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Iusto Lipsio son grandemente de loar, por su mucha doctrina, uariedad de lección, elegancia y breuedad de estilo, he oydo admirar por estremo a diuersas personas el que escriuió de las Políticas’.Ga naar voetnoot20 La motivación primordial de la traducción castellana es la utilidad social. Dado el valor reconocido de las obras de Lipsio, Bernardino de Mendoza ha emprendido ‘el trabajo de traduzirle en nuestra lengua, para que los que no entienden la Latina puedan gozar de semejante beneficio’. El tipo de utilidad de la traducción de Mendoza está muy condicionado por el género del texto traducido (un manual de príncipes) y el público al que específicamente va destinada la versión, al que señala el mismo título que figura en la portada: ‘Dirigido a la nobleza española que no entiende la lengua Latina’. Es, por tanto, intención del traductor poner al servicio de la corte española el manual de principes de moda que circulaba por Europa y, así, ‘cumplir yo de mi parte en ayudar al bien público, pues mi ceguera no me permite hazerlo en otra manera’.Ga naar voetnoot21 Tras el encarecimiento de las dificultades de la tarea de traducir (‘Estoy assegurado - admite Mendoza - que nadie podrá hazer la traducción en ninguna lengua con la energía y compostura de palabras que Iusto Lipsio la escriuió en la Latina’Ga naar voetnoot22), añade el diplomático español que vale la pena emprender este esfuerzo ‘pareciéndome que pues los ausentes se contentan de ver los retratos de algunas personas de quien no pueden gozar en presencia, se holgarán de leer este libro los que están imposibilitados de entender el original, siéndoles pena el averse de satisfazer de mi traducción en pago de lo que con razón podrían merecer del no aver deprendido la lengua latina.’ Finaliza el prólogo de la versión castellana con una tópica captación de benevolencia: Mendoza se disculpa de antemano por si el lector detecta cierta pesadez en la sintaxis de su traducción, ‘por auer sido forzoso acomodarse en ella con el estilo del autor y sentencias.’Ga naar voetnoot23 En efecto, la característica más notoria de los Politicorum libri sex es la misma materia textual del libro y su disposición tipográfica, pues, como es conocido, la obra está compuesta a partir de citas (sentencias y tópicos) extraídas de autores griegos y latinos. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Los Politicorum libri VI, Amberes 1599, como texto base de la traducción castellanaEn la aprobación eclesiástica firmada por Rafael Sarmiento a 20 de noviembre de 1599 se lee que el libro titulado Los seys libros de las Políticas de Justo Lipsio ha sido ‘traduzido de lengua Latina en Castellana por don Bernardino de Mendoza de la impressión nueva censurada en Roma.’ | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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La editio princeps de los Politicorum libri vi apareció en Leiden, en 1589 (reimpresa en octavo ese mismo año). La segunda edición vio la luz un año después, también en Leiden. La obra no fue bien acogida en el Vaticano, que inmediatamente la incluyó en el Index librorum prohibitorum de Sixto v en 1590. Sin embargo, en 1592, a instancias de Lelio Peregrino y con la aprobación de Roberto Peregrino, las Políticas fueron retiradas del Indice. Estos vaivenes en el juicio vaticano sobre las Políticas de Lipsio desembocan en la censura romana de la obra, cuya versión expurgada salió de las prensas plantinianas a principios de 1596, en la que sería la tercera edición del tratado lipsiano. En marzo de 1599 ve la luz una reimpresión de esta misma edición, con cambios menores con respecto a la anterior; la cuarta edición de la obra, también plantiniana, vio la luz a finales de 1604.Ga naar voetnoot24 Así pues, las palabras del censor español Sarmiento permiten precisar que Mendoza pudo manejar dos de las ediciones plantinianas del texto original lipsiano: la de 1596 y/o la de 1599. La edición de 1604, que ve la luz casi en las mismas fechas que la publicación de la traducción castellana, no fue conocida por Mendoza, muerto en agosto de ese mismo año. Cabe preguntarse en este punto qué edición tuvo Mendoza entre sus manos en el trabajo de traducción, la de 1596 o la de 1599: si se admite que utilizó la de 1599 se plantearía el problema de que el trabajo de traducción se realizó en sólo cinco o seis meses, es decir, el tiempo que transcurre desde la salida de la edición (marzo o abril) hasta la aprobación de noviembre de 1599. Estas elucubraciones sólo pueden resolverse con un análisis de las variantes entre ambas ediciones y la solución que aparece en la traducción de Mendoza. Las variantes significativas entre la edición de 1596 y la de 1599 son mínimas. En el análisis de las mismas deben distinguirse varios niveles, entre los que hay que prestar atención especial al de las palabras, el más consistente para determinar la edición base de una traducción. Entre las ediciones de 1596 y 1599 sólo hemos visto una variante léxica indiscutible.
Más abundantes son los cambios de puntuación entre las ediciones de 1596 y 1599. Con todo, hay que advertir que la puntuación de cualquier original latino suele quedar difuminada e incluso alterada por los propios criterios de puntuación y por la sintaxis de la lengua de llegada. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Un último nivei es el del uso de mayúsculas, que, de nuevo, en la traducción queda algo enmascarado por los criterios regularizadores de la lengua de llegada.
Examinadas algunas de las principales variantes entre la edición de 1596 y la de 1599, la pregunta que habría que responder, a modo de conclusión, es si Bernardino de Mendoza manejó para su traducción la reciente ediciôn de 1599, toda vez que su versión estaba terminada al menos en noviembre de ese mismo año. Por obvias razones cronológicas, Mendoza debió de tener a su disposición desde hacía tiempo el texto de 1596, e incluso pudo recurrir a él en ciertos pasajes de su traducción: algunas de las opciones de puntuación, sobre todo en el ámbito de la entonación, haeen pensar que el traductor español tenía también delante el texto de 1596. Pero creo que su trabajo de traducción se basó preferentemente en un ejemplar de la nueva edición de 1599, como demuestra el hecho de que Mendoza recoja la única variante léxica del mismo ‘per libidinem’, de mucha mayor relevantia, pese a ser una sóla, que todas las que atañen a la puntuación o uso de mayúsculas, pues éstas dependen más bien de las regularizaciones de la lengua de llegada que del propio texto original. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
El formato de la traducción castellanaRecordemos, para empezar, los principales rasgos de formato de las distintas editiones de los Politicorum libri sex de Justo Lipsio:
Gracias a estos rasgos tipográficos, el lector puede identificar sin dificultad cada una de las piezas del collage de erudición que conforma Lipsio en su espejo de príncipes. Las peculiaridades tipográficas de las Políticas lipsianas reproducen el espíritu mismo de los libros de citas, donde, como los codices excerptorii empleados en la enseñanza de las lenguas clásicas durante todo el siglo xvi, los humanistas anotaban sentencias, aforismos, giros sintácticos, peculiariades léxicas sacados de sus lecturas de autores grecolatinos.Ga naar voetnoot27 Baltasar de Céspedes | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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observa que Lipsio ‘tiene exceiencia para juntar con agudeza y juicio los lugares diferentes de los autores a un propósito, como se ve en aquella admirable obra de la Política, donde con un perpetuo hilo del sentido va cosiendo diferentes lugares griegos y latinos, de tal manera que parece que los mismos autores lo hicieron más para el propósito de Lypsio que para el suyo propio.’Ga naar voetnoot28 El espíritu y la letra centonianos de los Politicorum libri de Lipsio no son bien transmitidos en la traducción de Mendoza, ni creemos que fuera su intención. Hay notables diferencias tipográficas entre uno y otro texto. Así, en la versión de Mendoza:
Bernardino de Mendoza resuelve la espinosa cuestión de la peculiaridad estructural de los Politicorum libri lipsianos con esta indicación en su prólogo al lector: ‘Estos seys libros de Políticas formó Iusto Lipsio de sentencias de varios autores, enga<r>zándolas con tan pocas palabras, quanto le parecía que era necessario para que sólo hiziessen buen sentido. En que se vee su grande entendimiento y buen método en la disposión de la materia’. Dado que Mendoza omite en los prolegómenos de su versión el ‘De consilio et forma nostri operis’ y los ‘Monita quaedam, siue cautiones’, el lector de la versión castellana no puede captar con estas breves indicaciones del traductor la forma en que el material estaba dispuesto en la edición original de la obra. En suma, lo que presenta Mendoza es una scriptura continua donde se mezclan como material de una misma pluma las sentencias de las autoridades citadas y las palabras del autor. Mendoza renuntia a otra característica tipográfica de las ediciones latinas de las Políticas lipsianas, el guión de contenidos que se adjuntaba en el margen externo de la obra: para el traductor español no es necesario ni recoger ni traducir estos marginalia, ‘pues por la suma de los capítulos (diziendo con tanta distinción lo que trata en ellos) se viene a conseguir el mesmo efeto de lo que apuntan las márgenes, que en parte causarán confusión al letor.’Ga naar voetnoot30 Pero con esta renuncia Mendoza contraviene el espíritu de libro de citas de Lipsio, pues para el lector castellano que quisiera usar la versión del tratado lipsiano como libro de citas resultaría rnucho más fácil localizar cualquier sentencia de interés con las notas por- | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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menorizadas que iban en el margen externo del texto latino de Lipsio y que podrían haber sido incluidas en la versión castellana sin ningún menoscabo de la lectura del texto central, sino más bien - como decimos - al servicio de su mejor seguimiento y uso. Al omitir los marginalia de contenido, Mendoza coincide con la traducción francesa de Charles Le Ber, señor de Malassis, publicada por vez primera en 1590 (y reeditada en 1594, 1597, 1606, 1608, 1609). Asimismo la traducción de Le Ber, como la de Mendoza, recoge en prosa (sin sangrado) las citas de versos griegos y latinos. Estas coincidencias hicieron postular a F. van der Haeghen que la versión de Mendoza se hizo a partir dei texto latino, pero con la ayuda de la traducdón francesa de Le Ber.Ga naar voetnoot31 Si, como apunta WaszinkGa naar voetnoot32, la obra de Lipsio presenta un precioso balance entre unidad (tratado de príncipes) y fragmentación (sentendas de autores clásicos engarzadas), en la versión castellana se sacrifica casi al completo la segunda opción interpretativa por la primera, en aras de conseguir la apariencia de un tratado coherente, para que el público al que iba destinada la traducción - la nobleza española, ajena en principio a las intenciones eruditas del tratado y autor original - pudiera seguir con más facilidad el hilo del manual. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Traducción española uersus original latinoLa traducción española de los Politicorum libri vi que realiza Bernardino de Mendoza pretende ser literal. En general, hay una intención de hacer corresponder palabra latina con palabra castellana. Pero, ante todo, Mendoza se esfuerza por presentar un texto de fácil lectura para el público español al que se dirige. Es imposible alcanzar este doble objetivo en algunos aspectos de la traducción. En este apartado examinaremos aquellos puntos en los que la versión española se distancia del texto latino original.Ga naar voetnoot33 La primera diferencia relevante entre ia traducción y el original latino es la persona gramatical que domina en el texto: Lipsio, siempre en primera persona, se dirige a una segunda persona singular (‘Vitae Ciuilis iter qui recte ineas, recte peragas, praecipere mihi est animus’);Ga naar voetnoot34 la omnipresente voz del autor y el marcado tono didáctico hacia una segunda persona crea la ficción de un diálogo, en estilo directo, entre preceptor y joven príncipe. La presencia de este destinatario se percibe de forma permanente en el tratado lipsiano, aunque nunca se escuche su voz.Ga naar voetnoot35 Por su parte, Mendoza elimina en la traducción castellana la | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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segunda persona a la que Lipsio se dirige, sustituyéndola por la tercera persona gramatical: ‘He propuesto enseñar al Príncipe cómo podrá entrar y caminar rectamente por la senda de la vida Civil, y sin desviarse llegar al cabo della.’Ga naar voetnoot36 Asimismo, en los epígrafes o títulos de la traducción castellana la primera persona lipsiana queda o bien oscurecida o bien sustituida por una tercera persona. Así, por ejemplo, Lipsio encabeza el capítulo sexto de su libro primero con el siguiente epigrafe ‘caput vi. Alterum Virtutis membrum, Probitas. Quid eam hic appellem? Breuia et uniuersalia ad eam praecepta’, que Mendoza traduce así: ‘De la bondad que es el otro miembro de la virtud; lo que el Autor entiende por ella, con algunos preceptos breves y universales para alcanzarla. Cap. vi’. Las breves frases interrogativas que Lipsio suele anotar en los titulos de los capítulos para canalizar de forma sintética el contenido de los mismos, interrogaciones de claro potencial didáctico, son desechadas también por el traductor español, que opta de forma sistemática por una monótona entonación enunciativa. Con estas diferencias entre el texto original y la traducción española en cuanto a la persona gramatical y a la entonación, Mendoza quiere presentar un texto de lectura más simple y directa para el público español al que se dirige la versión, al mismo tiempo que se distancia como traductor del texto latino original. Pero, como contrapartida, la versión española pierde potencial didáctico, debido a que el estilo directo, ese diálogo virtual que, con gran acierto, Lipsio crea con el juego de personas gramaticales (yo - autor / tú - príncipe) y refuerza con variaciones de entonación (sobre todo interrogativa o exclamativa), desaparece por completo en el texto castellano. Mendoza busca ante todo la simplificación del tratado lipsiano, un texto trabado y dependiente de las fuentes clásicas que lo conforman. En su prólogo al lector, el traductor español se justifica ante los que ‘no le parecieren muy rodadas las cláusulas de mi traducción, por aver sido forçoso acomodarse en ella con el estilo del autor y sentencias’. Del estilo de Lipsio escribe Mendoza que, por tratarse de un libro de sentencias, ‘no pueden ser las cláusulas tan sonoras como si siguiendo el mesmo conceto le dedarara con palabras libres sin ataduras de otro.’ En esta observación se puede resumir una importante diferencia entre el texto latino y su traducción española: si bien Lipsio ofrece al mismo tiempo un manual de príncipes y un libro de citas (con una perfecta distinción tipográfica entre las palabras del autor y las sentencias de los clásicos), Mendoza se centra básicamente en el contenido del libro como espejo de principes, ofreciendo una fusión lo más completa posible entre las palabras de Lipsio y las de las autoridades que cita el humanista flamenco. Como se ha dicho en el apartado anterior, Mendoza renuncia a gran parte de los rasgos tipográficos que presentaba la edición latina de Lipsio para distinguir las fuentes clásicas de las intervenciones del autor. Pero es que, además, en la traducción española se detectan numerosas imprecisiones en el único recurso formal que Mendoza utiliza para delimitar el principio de las sentencias clásicas (letras minúsculas) y el fin de las mismas (asteriscos). Examinemos algunos casos: 1. Se leen como propias de las sentencias palabras que son de Lipsio (subrayadas).
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2. Se omiten conjunciones que utiliza Lipsio para hilvanar las sentencias.
3. Quedan fuera de las sentencias palabras que no son de Lipsio, sino de las autoridades clásicas (marcadas en negrita).
Estas imprecisiones demuestran la escasa atención que el traductor español presta a una de las principales intenciones de los Politicorum libri vi de Lipsio, ofrecer al lector culto un acervo de sentencias clásicas perfectamente dispuestas para su fácil localización y oportuno empleo. Mendoza se concentra más, pues, en las res que en los uerba, pensando siempre en los intereses - y, ¿por qué no?, las limitaciones - intelectuales del público al que va destinadala traducción. Por estas mismas razones,y para hacer más rodadas sus cláusulas, Mendoza recurre también a mecanismos gramaticales para engarzar de forma menos trabada las sentencias clásicas con el resto del texto, haciéndolas parecer palabras de una sola voz: así, por ejemplo, introduce el verbo copulativo en frases que son aposiciones en el texto lati- | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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no (‘el derecho y la equidad, son los vínculos de las dudades’ por ‘Ius et aequitas, uincula ciuitatum’)Ga naar voetnoot43. Con el mismo motivo el traductor español elimina, en la medida de lo posible, los saltos a la primera persona gramatical de las fuentes clásicas citadas: Ab ore aureo aurum iltum purius: ᾽Εγὼ δὲ οὐδὲν νομίζω γε ἀνδρὶ, ἀλλω̑ς τε καὶ ἄρχοντι, καλλιον εἰ̑ναι κτη̑μα οὐδὲ λαμπρότερον ἀρετη̑ς καὶ δικαιοσύνης. Ego uero nullas opes uiro, ac praesertim Principi, pulchriores honestioresque censeo, quam Virtutem et Iustitiam.Ga naar voetnoot44 De aquella boca de oro salió aquesta sentenda, más apurada que el más acendrado y fino, a saber que el hombre, y mayormente el Principe no puede tener riquezas mas justas y estimadas que la virtud, y justicia. Así pues, el principal objetivo que Mendoza se marca en su traducción es facilitar al público español la lectura del manual de príncipes lipsiano. Este propósito genera una serie de desvíos de la versión española con respecto al texto original latino, desvíos que se circunscriben más bien al plano formal. Con todo, las intervenciones de Mendoza como traductor no se limitan sólo a cuestiones puramente gramaticales, sino que afectan al fondo mismo de la obra. En el texto castellano observamos una clara intención de adaptar las referencias religiosas, políticas y culturales del original lipsiano al contexto religioso, político y cultural español. Estas ‘adaptaciones’ sirven, por un lado, para acercar aun más el texto traducido al público al que se dirige; pero, por otro lado, también se anticipan a futuras objeciones que las autoridades españolas - especialmente las eclesiásticas - pudieran presentar a un libro concebido y nacido en zona rebelde y protestante, y que disertaba sobre política y religión a partir de materiales clásicos, o lo que es lo mismo, paganos. En el terreno del léxico, Mendoza intenta dar un barniz cristiano a ciertos conceptos que, debido a la procedenda clásica de las fuentes empleadas por Lipsio, olían excesivamente a paganismo. Entre los casos más claros, destacamos la traducción sistemática de ‘deos’ por ‘Dios’ (i,3), también ‘Ioue’se traduce por Dios (ii,1.); ‘probitas’ por ‘bondad’ (i,2) y ‘fatum’ por ‘divina providenda’ (i, 4). Cuando Lipsio habla de religiones (‘religionibus aduersa’, i, 3), Mendoza traduce sólo una, y en mayúscula (‘contraria a la Religión’). Asimismo, Mendoza recurre con mucha frecuencia a la sinonimia, unas veces para precisar el significado del término traducido, pero en otras ocasiones para teñir de color católico terminología cultual pagana: así, ‘Cultum’ se traduce como ‘culto, o reverenda’ (i,2), ‘sensus’ / ‘sentir y creer’ (i, 2), ‘sensu’ / ‘sentimiento y fe’ (i, 2), ‘Cultu’ / ‘reverenda o servicio’ (i, 3), ‘sana’ / ‘piadosas y cristianas’ (i,3). Este uso de ta sinonimia también se pone al servicio de las necesarias adaptaciones politicas al contexto español: así, entre las maneras de gobierno Lipsio reconoce como la más excelente el ‘Principatus’, que Mendoza traduce por ‘el Principado o Monarquía’ (ii, 2). Finalmente, algunas sentencias clásicas son asimiladas a la cultura vernácula, como la conocida ‘panem et circenses’, que se vierte en el castellano ‘pan y toros’ (iv, 8). | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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La expurgación de la obra en los índices españoles de libros prohibidos del XVIIAlejandro Ramírez apunta que la traducción de las Políticas de Lipsio, por Bernardino de Mendoza, Madrid 1604 fue incluida en el índice de libros prohibidos de 1640.Ga naar voetnoot45 J. Waszink sólo escribe unas pocas líneas sobre la inclusión del tratado lipsiano en los índices de 1612 y 1667. Sin embargo, tanto la obra latina como la versión castellanaGa naar voetnoot46 aparecieron expurgadas en todos los índices de libros prohibidos y expurgados de la Inquisición española en el siglo xvii: Sandoval (1612, con apéndice de 1614),Ga naar voetnoot47 Zapata (1632)Ga naar voetnoot48 y Sotomayor (1640 y 1667).Ga naar voetnoot49 En efecto, las Políticas de Lipsio despertaron recelos en el Vaticano desde el momento en que vieron la luz. Sólo en 1596 se publica una version autoexpurgada por Lipsio de acuerdo con los informes y censuras de los jesuitas romanos coordinados por Roberto Belarmino. Llama la atención el hecho de que una traducción española aprobada y autorizada en 1604 (traducción de un libro aprobado, a su vez, en Roma en 1596) sufriera la expurgación eclesiástica sólo ocho años después (1612) y apareciera - junto con el original latino - en los sucesivos índices de libros prohibidos del siglo xvii. La clave para entender este brusco cambio de la actitud eclesiástica ante el manual lipsiano y su traducción castellana se encuentra en la permisiva expurgación de la obra que llevaron a cabo los jesuitas romanos. A continuación enumeramos por orden cronológico cuatro documentes cuyo estudio permite comprender por qué fue tan corto este camino desde la aprobación romana del original lipsiano en 1596 a la expurgación española de la obra en 1612:
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Pasemos a estudiar los pasajes expurgados en los Politicorum libri vi y en la traducción de Bernardino de Mendoza en los índices españoles de 1612, 1632, 1640 y 1667. Cabe reseñar que la expurgación realizada en el índice de 1612 (1614) se repite sin variación alguna en los tres siguientes indices españoles del siglo xvii. Para la ubicación de los pasajes expurgados, nos referimos a la paginación de las ediciones de Amberes 1604 (en el texto latino), y de Madrid 1604 (en la traducción), ediciones también usadas como referencia en los índices expurgatorios que estudiamos. i,3 (Lipsio, 24 [4 líneas a partir de las palabras ‘naturae uitio nos proni’ hasta ‘At tu fuge’ exclusive] / Mendoza, 6 [después de las palabras ‘hombres inclinados por vicio’ se tachan 5 líneas hasta las palabras ‘de la qual se ha de huyr’ exclusive]): Los hombres están inclinados por naturaleza a la superstición, a la que recurren muchos gobernantes para encaminar su pueblo. Este pasaje no fue objeto de debate en la censura de los jesuitas romanos de 1593, ni, por ello, fue modificado en la edición expurgada de 1596. Tampoco Sarmiento, el censor de la traducción española, hizo observación alguna sobre estas palabras que, sin embargo, fueron expurgadas en los indices españoles del siglo xvii. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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i, 3 (Lipsio, 25 [8 líneas desde ‘In uerbis etiam’, inclusive, hasta el final del capítulo]/ Mendoza, 7 [9 líneas a partir de estas palabras ‘el uso y costumbre de la patria’ hasta el fin del capítulo]): Las ceremonias exteriores, que cada uno debe respetar según sus costumbres y patria, no son tan importantes como la religiosidad interior.
Peregrino había ya criticado en su informe de 1592 esta idea por estimular la hipocresía en el culto a Dios.Ga naar voetnoot55 Lipsio, en sus versiones autoexpurgadas de 1596 y siguientes, difuminó su defensa de la primacía de la religiosidad interna, suprimiendo tres de las citas más comprometidas,Ga naar voetnoot56 pero la idea no desapareció por completo. Sobre ella, pues, volvieron en 1612 los expurgadores españoles, más severos que los jesuitas romanos, cuyo fundador, San Ignacio ya recibió objeciones por parte de los teólogos dominicos por la relevancia que había dado en sus Ejercicios espirituales a la inspiración interior de la fe. i, 4 (Lipsio, 26-27 [se tachan 41 líneas desde el párrafo que comienza con las palabras ‘Mihi quidem’ hasta ‘Quid ergo? inquies’ exclusive] / Mendoza, 8-9 [después de las palabras ‘está fijo en la primera causa’ se expurgan 54 líneas hasta ‘Pues qué? dira alguno’ exclusive]): Lipsio expone su doctrina del Fatum, que se resume en esta sentencia de Cicéron (Div. 2, 7) expurgada ya en los índices españoles: ‘Mihi quidem sedet (pio illo sensu) ab omni aeternitate fataliter omnia destinata’ / ‘Yo tengo por cierto que todas las cosas están previstas y determinadas ab aeterno por la divina providencia’ [trad. de Mendoza]. En 1592 Lelio Peregrino criticaba que la doctrina del Fatum lipsiana estaba demasiado sustentada en autores trágicos, estoicos e impíos, y que, además, parecía menospreciar el libre albedrío.Ga naar voetnoot57 En efecto, las ideas sobre el destino que expone Justo Lipsio están muy cerca de las posturas protestantes sobre el carácter inservible de las obras para obtener la salvación, pues ya todo estaba predeterminado por el ‘fatum’. Lipsio intentó superar estas objeciones en su edición corregida de 1596 añadiendo una nota al principio del capítulo, sobre el concepto de Fatum: ‘Fati vocem hic et alibi veterum more pono, sed non mente. Nil nisi providentiam divinam, idque pio et Christiano sensu intelligere, semel testor’. Esta aclaración no atajó por completo las dudas sobre la ortodoxia de estas ideas sobre la predestinación. Ya en 1599, el censor español Rafael Sarmiento, encargado por el Consejo Supremo para aprobar la traducción castellana de la obra de Lipsio, rechaza por completo el capítulo en cuestión del manuscrito de Mendoza (que recogía palabra por palabra la última edición de Lipsio) y obliga a que se rescriba una nueva versión de todo el pasaje en la que, por un lado, se traduce sistemáticamente fatum por ‘divina providentia’, y por otro, se suprimen todas las citas clásicas del margen en todo el capítulo.Ga naar voetnoot58 Esta segunda versión censurada, y no la del manuscrito original de Mendoza, es la que ve la luz en la edición de la traducción española de 1604. Pero insistimos, los cautelosos cambios respecto a la traducción de la palabra fatum y a la omisión de las citas clásicas fueron instigados por Sar- | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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miento, no por Mendoza, como afirman algunos investigadores que no han tenido acceso al manuscrito censurado de la versión española. A despecho de esta primera expurgación del manuscrito castellano original, todo el párrafo citado fue suprimido tanto en la edición latina como en la traducción castellana desde el índice expurgatorio de 1612, donde, además, se prescribía que al comienzo de los De constantia libri duo y de los Politicorum libri vi se añadiese la nota siguiente, nota que hemos visto escrita por el censor en la edición latina de la obra que hemos manejado: Frequens est Lipsius in libris de Constantia et in libris Politicorum et in aliis suis operibus in usurpatione Fati; et quamvis ipse asserat se Fati nomine nihil nisi providentiam Diuinam pio et Christiano sensu intelligere, at solet ei annectere plures gentilium auctorum sententias obscuras quae ethnico fato potius quam Diuinae providentiae convenire videntur. Proinde caute legendus in his, quae de Fato ubique disserit.iv, 3 (Lipsio, 79-81 [se expurga todo el capítulo, junto con el título] / Mendoza, 77-80 [se expurga todo el capítulo, junto con el título]Ga naar voetnoot59): Se trata aquí de la necesidad de guardar una sola religión en cada reino y - aun admitiendo la represión de quienes públicamente manifiestan un credo distinto - Lipsio plantea la convenienda de aplazar la represión de los herejes antes que descubrir claramente la flaqueza de no poderlos impedir, lo que causaría un daño mayor en la religión o y en la república. Con este planteamiento Lipsio venía a postular en último término la sumisión de la religión a la política. Peregrino, en su informe de 1592, había considerado inadmisible que no se persiguiese a quienes actuasen de forma pública y directa ‘contra Dei Maiestatem’,Ga naar voetnoot60 cosa que prohibía la ley divina, de la que el príncipe era guardián, pero no fundador; por ello no tenía competendas para decidir sobre ella. Pese a la clara objeción del informe de Peregrino, en el que Lipsio basó la autoexpurgación de su obra, la nueva versión de 1596 aprobada según la censura romana no presentaba ni un solo cambio en este capítulo. No es de extrañar, por tanto, que en las reuniones de la Sancta Congregatio Indicis de 1611 el censor Marcantonio Peziilo se lanzara sobre este capítulo en el nuevo informe ordenado por la Sancta Congregatio Indicis sobre la versión expurgada de las Políticas, criticando de forma especial el hecho de que Lipsio afirmara que debía haber una sola religión en un estado, pero que no especificara qué religión.Ga naar voetnoot61 Belarmino, responsable último de la expurgación publicada quince años antes, argüía que difícilmente podía Lipsio mencionar la religión Cristiana, Católica y Romana si sólo citaba fuentes clásicas, que constituían la materia prima de su obra. Las sucesivas expurgaciones que sufrieron en los índices españoles (1612-1632-1640-1667) la obra original de Lipsio y su versión castellana se hicieron eco de los recelos que en el Vaticano despertó este capítulo desde su versión inicial en 1589 expurgando este pasaje sospechoso. iv, 4 (Lipsio, 81-83 [se expurgan por completo capítulo y título] / Mendoza, 80-82 [se expurgan por completo capítulo y título]): Lipsio sugiere que es mejor no reprimir ni cas- | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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tigar, en tiempos revueltos, a qui enes practican otra religión en privado, sin infectar a otros. Considera preferible - inspirándose en la cita de San Bernardo ‘fides suadenda est, non imponenda’ - enseñarles y reconducirles que portarse como verdugos, pues la fe se puede modificar con persuasión y doctrina, pero no puede imponerse con terror y torturas, que sólo engendran falsas apariencias. En la edición original de las Políticas previa a la expurgación romana, Lipsio enfatizaba su defensa de la libertad de conciencia. El primer informe de Peregrino en 1592 censuraba el capítulo como ‘virulentum. Nam haereticus, quantumvis occultus [...] est excommunicatus’, así como la idea de que la fe debía ser fruto de la persuasión y no de la imposition.Ga naar voetnoot62 El segundo informe expurgatorio que Lipsio recibió de Roma en 1593 (obra de Benci y Belarmino) proponía al humanista flamenco modificar en el mismo epígrafe del capítulo la idea de ‘doctore magis opus esse, non tortore’ (que se interpreta directamente como un ataque a la Inquisición) por esta otra de ‘si doctor non persuasit, delnde tortore, aut tale quid.’Ga naar voetnoot63 Lipsio, efecti va mente, rescribió todo el capítulo, pero persistió en varios aspectos que serían más tarde objeto de ataques por parte de los censores eclesiásticos: volvió a utilizar las mismas fuentes dasicas, ignoró por completo la admonición de Peregrino de que la fe sí podía imponerse a la fuerza, y modificó sólo levemente el epígrafe del capítulo (‘Doctore magis his [haereticis] opus, quam tortore’ pasó a ‘Doctore primum opus, quam tortore’), admitiendo sólo de forma partial la objeción de Belarmino en su informe de la segunda mitad de 1593. La nueva version expurgada de 1596 conservaba, en suma, un claro alegato a favor de la libertad de conciencia y en contra de la tortura como medio de modificar las creencias de los herejes. No es de extrañar, por tanto, que en 1611 Pezillo emitiera una severa crítica contra este capítulo, en tanto que albergaba una reprobación directa del Santo Oficio (‘non tortore’)Ga naar voetnoot64 y que las palabras de San Bernardo sobre la conveniencia de enseñar la fe y no imponerla se refería a la evangelización de los pueblos gentiles. Belarmino, de nuevo, defendió como pudo el texto lipsiano, sustentándose en el adverbio ‘primum’ incluido por Lipsio en su versión expurgada: ‘“Doctore primum his opus, non tortore”. Ubi vult primum instrui et doceri, quod in S[an]cto Officio fit: et postea, si indociles sint, puniri’.Ga naar voetnoot65 Los índices españoles de 1612, 1632, 1640 y 1667 expurgaron todo este capítulo, junto con su título, materializando las objeciones analizadas en la reunión de 1611 de la Sancta Congretatio Indicis. iv, 13 (Lipsio, 130-133 [se expurgan por completo título y capítulo] / Mendoza, 144-147 [se expurgan por completo título y capítulo]): En un particular tributo a Maquiavelo, Lipsio admite para definir su ideal de prudentia que el príncipe use el fraude y el engaño, siempre que sea en beneficio de la salud pública. Las ediciones de las Políticas anteriores a la expurgación romana contenían al final del capítulo, en el guión de contenidos del margen externo, una defensa explícita de Maquiavelo, quien, según Lipsio, era censurado con demasiada rigurosidad. En su informe de 1592, Peregrino no admite el uso del fraude, pues Dios siempre requiere una actitud sin dobleces | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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(‘sermonem nostrum esse simplicem’);Ga naar voetnoot66 tampoco procedía - según Peregrino - la defensa de Maquiavelo, condenado de forma unánime por los teólogos. Benci y Belarmino, a mediados de 1593, sugieren también que todo lo que tuviera sabor a maquiavelismo debía ser condimentado con sal católica. Lipsio, en la línea de cambiar lo menos posible su texto original, sólo elimina la referencia directa a Maquiavelo al final del capítulo, pero poca sal católica añade, pues el fondo y el espíritu de estos pasajes siguieron siendolos mismos. Por esta razón los inquisidores españoles volvieron sobre estas líneas pocos años más tarde. iv, 14 (Lipsio, 133 [se expurgan el epígrafe del capítulo y las 17 primeras líneas desde ‘Nec tamen ita’ hasta ‘Diffidentiam primo posui’ exclusive] / Mendoza, 147-148 [se expurgan el epígrafe del capítulo y las 22 primeras líneas desde ‘No soy’ hasta ‘puse lo primera desconfiança’ exclusive]): Se clasifica el fraude en tres tipos: el ligero, que Lipsio recomienda; el mediano, que tolera; y el grande, que condena. La expurgadón de este pasaje obedece a las mismas circunstancias que se han expuesto en cuanto al libro iv, 13, del que este capítulo 14 es continuación y ampliación. En los informes de Peregrino, Benci ni Bellarmino no se encuentran referencias específicas a estas líneas. La Inquisición española eliminó el titulo del capítulo y las primeras líneas, donde implícitamente se vuelve a admitir el uso del fraude en la gestión política y se definen las distintas clases de engaño (desconfianza, decepción e injusticia). iv, 14 (Lipsio, 138 [se expurgan 11 líneas desde ‘Atque haec’ hasta ‘Quid tamen, rectam’ exclusive] / Mendoza, 153 [se expurgan 16 líneas desde ‘Todo lo qual’ hasta ‘Más qué, si’exclusive]): Se debe admitir el fraude mediano (es decir, la conciliación y decepción), desde la perspectiva de la prudencia humana, si es para el bien público, de la misma forma que se mezcla el veneno con los medicamentos para la salud del enfermo. Ya en 1592 Peregrino calificó esta idea como ‘perniciosa’ porque podría dar rienda suelta para incurrir de forma continua en mentiras gravísimas (‘mendacia grauissima’).Ga naar voetnoot67 Lipsio hizo caso omiso de la recomendación de Peregrino en la edición expurgada de 1596. El pasaje - tanto en su versión latina como en la castellana - fue objeto de censura en los índices españoles de 1612, 1632, 1640 y 1667. iv, 14 (Lipsio, 139 [se expurgan 6 líneas desde ‘In ea classe corruptiunculas’ hasta ‘Sequuntur magnae fraudes’, exclusive] / Mendoza, 154 [se expurgan 7 líneas desde ‘de esta manera’ hasta ‘El que camina con sencillez’, exclusive]): Los fraudes medianos (las corrupcioncillas y las decepciones) son faltas ligeras y legítimas para los príncipes si se emplean contra la maldad. Benci y Belarmino, en el segundo informe que recibió Lipsio en 1592, recomendaban al escritor flamenco que enunciara de forma más clara que se podría admitir la simulación entre los fraudes medianos, pero en ningún caso la decepción y mentira (‘clarius enuntiandum, ut sit locus dissimulationi, non mendacio’).Ga naar voetnoot68 Lipsio tan sólo introduce un leve cambio en su versión expurgada, para enfatizar que es un gran pecado recurrir a estas fraudes | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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si no es para el bien público, aunque nada elimina de las palabras ‘corruptiunculas’ y ‘deceptiunculas’, que fueron desaconsejadas desde Roma. Sobre elias volvieron los índices españoles de 1612, 1632, 1640 y 1667. vi, 2 (Lipsio, 206 [se expurga la nota marginal que reza así ‘Fatum et ordo rerum gignit ciuiles turbas’/ Mendoza, 241 [se expurgan las siguientes dos líneas ‘[entre las causas lejanas de la guerra] ay dos, el hado, y el lujo o abundanda. El hado lo primero pues’]). Sobre esta expurgación véase comentario al pasaje del libro i cap. 4. Tabla de los capítulos: Se expurgan, tanto versión latina como en la traducción castellana el contenido de los capítulos iv 3, iv 4, iv 13 y iv 14. Mención aparte merece el caso de un pasaje localizado en el libro v, capítulo 16, que, pese a su contenido sospechoso de heterodoxia, no incluyeron - puede que por olvido - los censores españoles en la expurgación de la obra latina de los sucesivos índices del xvii. Lipsio, al enseñar lo que se ha de hacer antes de entablar batalla, sostiene que no se deben despreciar los prodigios del cielo y la tierra, la adivinación y los sueños, sino prestarles atendón, eso sí, ‘con moderación’: Quid si et in Divina modice inquiras? Modice dico, et sine superstitione. Haud spernenda omnino videntur caelo terraque prodigia, et fulminum monitus, et futurorum praesagia, laeta, tristia, ambigua, manifesta. Estos párrafos fueron omitidos por Mendoza en la versión impresa de la traducción (Madrid, 1604), a instandas del censor Rafael Sarmiento, que los tachó en el manuscrito original.Ga naar voetnoot70 Curiosamente ese mismo pasaje fue objeto de discusión en la Sacra Congregatio Indicis de 1611, donde Marcantonio Pezillo censura que taies prácticas son incompatibles con la doctrina cristiana, tachándolas de ‘pure gentilia et superstitiosa’.Ga naar voetnoot71 Por más que Belarmino saliera en defensa de Lipsio con el argumento de que los prodigios del cielo son signos de la ira de Dios y que, por ello, no habían de ser despreciados,Ga naar voetnoot72 no cabe duda de que este pasaje había despertado dudas desde muy pronto, como demuestra la expurgación sobre el manuscrito original de la versión castellana que realizó en 1599 el censor Sarmiento. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
ConclusionesDe las Políticas de Lipsio critica L. Astrana Marín su falta de originalidad, aunque admite la objeción de Miguel Unamuno de que ‘hay quien con sólo juntar citas de otros hombres que escribieron, hace una obra originalisima.’Ga naar voetnoot73 Desde una perspectiva filológica más actual, el | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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centón lipsiano sobre política rezuma originalidad si se atiende al sentido etimológico del término. El desmedido éxito que tuvo el tratado de Lipsio en la mayoría de las cortes europeas - también en la española - se debió más a su contenido como manual para formar a príncipes que a su forma hilvanada por sentencias de autores clásicos. Y ese éxito se materializó en una larga serie de traductiones a diversas lenguas vernáculas que acercaron al humanista flamenco a un amplio público que él, en principio, repudiaba. En efecto, en los prolegómenos de sus Politicas Lipsio afirma que sólo deberían emitir juicios sobre su obra quienes atesoraran una larga experiencia en política y un profundo conocimiento de la lengua latina. La traducción castellana de Bernardino de Mendoza está dedicada a la nobleza española ‘que no entiende la lengua latina’. Con vocación expresa de utilidad social, Mendoza traduce para aquellos nobles ayunos en latines el manual de principes de moda en toda Europa. Su ceguera, que arrastraba desde 1590, ya no le permitía prestar otro tipo de servicios a la corona española. El manuscrito de la versión castellana estaba ya terminado a finales de 1599, fecha de la aprobación del censor Rafael Sarmiento. No obstante, la traducción no ve la luz hasta 1604, en Madrid, si bien los amigos de Mendoza intentaron hasta el último momento acortar los retrasos instando al propio Lipsio a que negodara la impresión en las prensas plantinianas. Habida cuenta de la fecha de la aprobación de Sarmiento (20 de noviembre de 1599), Mendoza sólo pudo haber manejado en su traducción dos ediciones de las Políticas de Lipsio: la de 1596 o la de 1599. Las ediciones anteriores quedan excluidas porque el censor español anota que Mendoza ha seguido ‘la impression nueva censurada en Roman’, es decir la versión autoexpurgada que Lipsio presentó a partir de 1596 tras la revisión de la obra por los jesuitas romanos. Un examen de las escasas variantes entre las ediciones de 1596 y 1599 y de las soluciones que ofrece la versión Mendoza permite concluir que el diplomático español manejó de forma preferente la recién publicada edición de 1599. Así pues, la mayor parte del trabajo traductor de Mendoza se realizó entre la primavera y el otoño de este año. La versión de Mendoza presenta importantes diferencias de formato con respecto al original latino. La más notoria es que el texto aparece como un tratado coherente, en forma de scriptura continua, sin ningún tipo de distinción tipográfica (cursiva o sangrados) entre las palabras del autor y las citas de autores clásicos. Esto, por un lado, facilita al lector castellano seguir el hilo de contenidos del manual lipsiano - intención primera de Mendoza -, pero, por otro, dificulta la identificación de las citas y sentencias grecolatinas que, en último término, conforman la materia prima y la seña de identidad básica de la obra lipsiana. Además de la simplificación formal, se aprecia en la traducción española intentos de adaptación de contenidos paganos a conceptos católicos, como la traducción sistemática de ‘deos’ por ‘Dios’ o ‘fatum’ por ‘divina providenda’. Pese a estas precauciones de Mendoza, y pese a las que el propio Lipsio se vio obligado a tomar en su versión autoexpurgada de 1596, la obra latina y su traducción castellana aparecieron en todos los índices españoles de libros expurgados del siglo xvii: el de Sandoval (1612, con apéndice de 1614), el de Zapata (1632) y los de Sotomayor (1640 y 1667). Un estudio detenido de los pasajes expurgados demuestra que la Inquisición española rechaza en las Políticas de Lipsio las mismas ideas que, pocos años antes, señalaron otros filtros eclesiásticos por los que debió pasar la obra: sobre todo se reprueba la doctrina lipsiana del fatum que, además de oler excesivamente a paganismo, parecía menospreciar el libre albre- | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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drío; pero también se condenan ideas como la sumisión de la religión a la política; el desprecio de las ceremonias exteriores frente a la religiosidad interior; y la legitimación maquiavélica del fraude y del engaño, si es en aras del bien público. Con esta expurgación se consuma la doble y diversa recepción de las Políticas de Lipsio en España: por un lado, la adoración entusiasta que cenáculos humanistas repartidos por toda la geografía española sentían por la figura de Lipsio y su manual sobre príncipes, que combinaba erudición, piedad religiosa y sofisticado arte de gobierno;Ga naar voetnoot74 por otro lado, las recelosas precauciones de la Inquisición española ante un texto concebido en territorio protestante, obra de un autor de dudosa ortodoxia, y cuya versión autoexpurgada de 1596 (aprobada por unos suaves censores jesuitas bajo la coordinación de Belarmino) no despejó las dudas que habían llevado a esta obra, un año después de su publicación, al índice romano de 1590. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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SamenvattingDe auteur analyseert de Spaanse vertaling van Lipsius' Politicorum siue Ciuilis Doctrinae Libri Sex door Bernardino de Mendoza en bestudeert de receptie van het origineel en de vertaling in Spanje in de 17de eeuw. Met zijn vertaling wil hij de Spaanse adel die het Latijn niet machtig is de kans bieden om kennis te maken met een van de invloedrijkste politiek-theoretische traktaten van dat moment in Europa. Mendoza baseert zich op de gezuiverde editie verschenen te Antwerpen in 1599. Gezien het beoogde publiek benadrukt hij de inhoud van het traktaat en stelt het voor als een doorlopende tekst, zonder rekening te houden met een van de belangrijkste formele karakteristieken van het werk, het duidelijke onderscheid tussen Lipsius' eigen woorden en de overvloed aan citaten uit doorgaans klassieke bronnen, die in het origineel streng gescheiden bleven. Het laatste deel van de bijdrage is gewijd aan de censuur van Lipsius' Politica in de opeenvolgende Indices van de verboden boeken in Spanje in de 17de eeuw. De auteur onderzoekt de geschrapte passages en verwijst naar de redenen en de precedenten die het boek in Spanje op de index deden belanden, alhoewel het enkele jaren voordien nog was goedgekeurd, eerst door Lipsius' jezuïeten-vrienden, later officieel door de commissie van de Index in Rome. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
SummaryIn this contribution the author analyzes the Spanish translation of Lipsius's Politicorum siue Ciuilis Doctrinae Libri Sex by Bernardino de Mendoza and studies the reception of both the original treatise and its translation in seventeenth-century Spain. Mendoza's translation was meant for the Spanish nobility who could not read Latin, to make it possible for them to read one of the most prestigious treatises on political theory that circulated in Europe. The edition from which Mendoza makes his translation is the expurged version published in Antwerp in 1599. In accordance to the public he addresses, Mendoza emphasizes the content of the treatise, which appears like a coherent text in scriptura continua, and gives up the main formal characteristics of Lipsius's work, viz. the distinction between Lipsius's words and the cornucopia of quotations. The last part of this article deals with the expurgation that Lipsius' Politica, both Latin original and Spanish translation, underwent in all the Indices librorum prohibitorum of xvii-century Spain; the author examines the censored paragraphs and outlines the reasons and precedents that made this work end up in Spanish indices, although it was approved by Roman Jesuits a few years earlier. |
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